Beneficiarios finales y participaciones: lo que tu SAS declara cada año
Qué declara tu SAS cada año ante ARCA: participaciones societarias y beneficiarios finales, el calendario del primer año y las multas por no presentar.
Abrir la sociedad es un trámite. Tenerla es una lista de vencimientos. Algunos son mensuales y los lleva tu contador. Otros llegan una vez por año y son fáciles de olvidar, sobre todo el primero.
Esta nota repasa lo que una SAS declara en su primer año, con foco en lo que más se pasa por alto: participaciones societarias y beneficiarios finales. Es información general. Qué te toca presentar en tu caso, y cuándo, te lo confirma tu contador.
Qué es un beneficiario final
Es la persona humana que está detrás de la sociedad. Según la UIF (Unidad de Información Financiera), en su Resolución 112/2021, es quien tiene al menos el 10% del capital o de los votos, o quien controla la sociedad por otros medios. Si nadie llega a ese umbral, se declara como beneficiario final a quien administra o representa la sociedad. La IGJ (Inspección General de Justicia) usa la misma definición.
Tres ejemplos:
- Dos socios con el 50% cada uno: los dos son beneficiarios finales.
- Entra un inversor con el 8%: por su participación, no lo es. Con el 10%, sí.
- Uno de los socios es otra sociedad: hay que seguir la cadena hasta llegar a las personas humanas. Si esa sociedad es del exterior, eso implica documentos apostillados y traducidos.
Participaciones societarias: la declaración de julio
Todos los años, ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, la ex AFIP) pide a las sociedades constituidas en el país, SAS incluidas, un régimen de información llamado “Participaciones Societarias”. Se informa la foto al 31 de diciembre:
- Cómo está compuesto el capital.
- Quiénes son los socios y los beneficiarios finales.
- Quiénes son los administradores y apoderados.
- Participaciones en sociedades del exterior y rentas pasivas, si las hay.
Vence a fines de julio, según la terminación del CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria). Para el ejercicio 2025, las fechas fueron estas:
| Terminación del CUIT | Vencimiento |
|---|---|
| 0 a 3 | 28 de julio de 2026 |
| 4 a 6 | 29 de julio de 2026 |
| 7 a 9 | 30 de julio de 2026 |
Si abrís tu SAS en octubre de 2026, tu primera presentación es en julio de 2027, con la foto al 31 de diciembre de 2026.
Cuánto cuesta no presentarla
Con la Ley 27.799, conocida como Ley de Inocencia Fiscal, la multa por no presentar un régimen de información de ARCA llega a ARS 10 millones por régimen. Participaciones societarias es uno. La presentación de estados contables ante ARCA es otro, con su propia multa.
Para una sociedad que recién empieza, una sola de esas multas puede valer más que todo lo que costó abrirla.
El calendario de tu primer año
Para una SAS que se inscribe en octubre de 2026 y cierra su ejercicio el 31 de diciembre, el primer año se ve así:
| Cuándo | Qué | Quién |
|---|---|---|
| Todos los meses | Declaración jurada de IVA, según la terminación de tu CUIT | Tu contador |
| Todos los meses | Ingresos Brutos, local o Convenio Multilateral | Tu contador |
| Dentro de los 10 días hábiles de cada cambio | Cambios de administradores, socios, objeto o actividades ante ARCA | La sociedad |
| Hasta el 30 de abril de 2027 | Asamblea que aprueba los estados contables | Los socios, con los estados firmados por un contador público |
| Según tu cierre | Estados contables ante ARCA y declaración anual de Ganancias | Tu contador |
| Julio de 2027 | Participaciones societarias y beneficiarios finales | Tu contador |
Si recién estás armando la sociedad, los pasos previos a todo esto están en Después de la IGJ.
Asamblea y estados contables
Dentro de los cuatro meses desde el cierre del ejercicio, la SAS aprueba sus estados contables: balance, estado de resultados y memoria. Si cerrás el 31 de diciembre, la fecha límite es el 30 de abril. Los estados contables los firma un contador público; es una tarea que la ley reserva a esa profesión.
Qué pasa después con la IGJ no está del todo claro. Una resolución de 2020 pide a las SAS presentarlos en forma digital dentro de los 15 días de aprobados, y una comunicación de 2024 de la IGJ sugiere que ya no hace falta. Confirmalo con tu contador. Ante ARCA, en cambio, presentar los estados contables es obligatorio en cualquier caso.
Los libros no tienen vuelta: una SAS lleva en formato digital sus libros de actas, registro de acciones, diario e inventario y balances. Conviene que estén al día cuando llegue la asamblea.
Junto con la sociedad, Suaply te deja el calendario de tus primeros 12 meses, con cada fecha y quién la presenta, y te avisa antes de cada vencimiento. No cobramos abono: las presentaciones las hace tu contador. Creá tu cuenta.
Fuentes
- UIF Resolución 112/2021: beneficiario final (InfoLEG)
- IGJ Resolución General 17/2021
- iProfesional: multas de hasta ARS 10 millones por dos trámites de julio de 2026
- Ley 27.349, sociedades por acciones simplificadas (InfoLEG)
Información general, no asesoramiento legal ni contable. Para tu caso, consultalo con tu contador.