Después de la IGJ: los pasos hasta tu primera factura
Qué pasa después de inscribir tu SAS en la IGJ: CUIT, domicilio fiscal electrónico, IVA, Ingresos Brutos, punto de venta, banco y la primera Factura A.
La IGJ (Inspección General de Justicia) inscribe tu sociedad. Con eso tu SAS existe, pero todavía no puede facturar. Entre la inscripción y la primera Factura A hay seis pasos, tres organismos y un banco.
Este es el orden, con los plazos que se ven hoy en CABA.
En ARCA y en la Ciudad
1. CUIT, domicilio fiscal electrónico y administrador de relaciones
Una SAS inscripta con el estatuto modelo obtiene su CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) por el vínculo entre la IGJ y ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, la ex AFIP). Desde el 2 de marzo de 2026, la RG 5803/2025 ordena en un solo procedimiento digital cómo se pide el CUIT, cómo se dan de alta los impuestos y cómo se cambian los datos.
Junto con el CUIT, tu sociedad necesita dos cosas más en ARCA:
- Domicilio fiscal electrónico. Es la casilla donde ARCA te notifica: ahí llega la constancia del CUIT y ahí llegaría cualquier intimación. Revisala.
- Administrador de relaciones. Una sociedad no tiene clave fiscal propia. Actúa en ARCA a través de una persona, que necesita clave fiscal nivel 3 y desde su cuenta delega servicios, por ejemplo a tu contador.
ARCA controla en línea el CUIT de cada socio y administrador. Si alguno figura como fallecido, quebrado, en la base de contribuyentes no confiables o con un problema de suplantación de identidad, el trámite se traba.
2. IVA y Ganancias
Con el CUIT asignado, se declaran las actividades de la sociedad y se dan de alta los impuestos en el Sistema Registral de ARCA. Una SAS es responsable inscripta en IVA y paga Ganancias como sociedad. Una vez que el CUIT existe, este paso sale en el día.
Anotá una regla para más adelante: si cambian los datos de la sociedad, como administradores, socios, objeto o actividades, tenés 10 días hábiles para informarlo a ARCA.
3. Ingresos Brutos
Ingresos Brutos es el impuesto que cobra la Ciudad sobre lo que facturás. En CABA lo administra la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos). Te inscribís de una de dos formas:
- Local, si tu actividad está solo en CABA.
- Convenio Multilateral, si vendés o trabajás en más de una jurisdicción.
Desde el 1 de agosto de 2026, los contribuyentes de Convenio Multilateral con sede en CABA pasaron al Padrón Federal, que se gestiona desde el Sistema Registral de ARCA (Res. AGIP 262/2026).
Si exportás servicios, esos ingresos suelen estar exentos, pero la exención no es automática: en CABA se declara. Cuál de las dos formas te corresponde depende de dónde están tus clientes y tu actividad. Revisalo con tu contador.
4. Punto de venta
Para facturar electrónicamente necesitás un punto de venta, que se da de alta en ARCA en “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”. Desde el 1 de julio de 2026, con la RG 5866/2026, tiene que estar informado al menos tres días hábiles antes de que empieces a facturar.
Pedilo apenas tengas los impuestos dados de alta, aunque todavía no tengas a quién facturarle. Y si algún día lo cerrás, tenés cinco días hábiles para informarlo; un punto de venta dado de baja no se puede volver a usar.
El banco y la primera factura
5. La cuenta bancaria
En los papeles, es el paso más simple. El BCRA (Banco Central de la República Argentina) pide a los bancos abrir la cuenta corriente de una SAS con el estatuto inscripto y la constancia de CUIT, y tenerla operativa al día hábil siguiente. En la práctica, es el paso que más se estira: de 1 a 5 días hábiles en una fintech y de 7 a 30 en un banco tradicional.
Los bancos suelen pedir más que el estatuto y el CUIT: formularios de prevención de lavado, declaraciones sobre personas expuestas políticamente, la constancia de Ingresos Brutos y, a veces, balances que una sociedad recién inscripta no puede tener. Si algún socio tiene informes negativos en Veraz o en el BCRA, la apertura se complica. La aprobación siempre la decide el banco.
La cuenta importa por la factura. Sin cuenta declarada no podés usar la leyenda “Pago en CBU informada”, y te queda la Factura A sujeta a retención. Lo explicamos en Factura A con leyenda.
6. La primera Factura A
Con el punto de venta habilitado y, si se puede, la cuenta declarada, emitís tu primera Factura A. Antes, pedile a tu cliente su CUIT y su condición frente al IVA, que la factura tiene que informar, y elegí la leyenda según cómo te va a pagar.
Los plazos, de punta a punta
| Paso | Dónde | Plazo habitual |
|---|---|---|
| Inscripción de la SAS | IGJ | 3 a 20 días hábiles |
| CUIT, IVA y Ganancias | ARCA | 1 a 2 días |
| Ingresos Brutos | AGIP o Convenio Multilateral | Algunos días |
| Punto de venta | ARCA | 3 días hábiles antes de facturar |
| Cuenta bancaria | Banco o fintech | 1 a 5 días en fintech, 7 a 30 en banco |
| Primera Factura A | ARCA | Cuando abre la cuenta |
Los plazos son estimados para CABA. La IGJ avisa que su sistema TAD (Trámites a Distancia) tiene problemas técnicos, y los bancos pueden tardar más de lo que dicen. Para saber cuánto cuesta cada parte, mirá Cuánto cuesta abrir una SAS en CABA.
Suaply hace estos seis pasos con vos, desde la firma hasta la primera factura, y te muestra cada uno con su fecha en tu tablero. Nos delegás los servicios de ARCA que hacen falta; tu clave fiscal no sale de tus manos. Mirá qué incluye.
Fuentes
- IGJ: Sociedad por Acciones Simplificada
- RG ARCA 5803/2025: inscripción y CUIT (texto del Consejo Profesional de Salta)
- Res. AGIP 262/2026: Convenio Multilateral en el Padrón Federal
- BCRA: reglamentación de la cuenta corriente bancaria
Información general, no asesoramiento legal ni contable. Para tu caso, consultalo con tu contador.