Factura A con leyenda: qué es y qué te retiene tu cliente
Qué significan “Pago en CBU informada” y “Operación sujeta a retención” en la Factura A de una sociedad nueva, qué te retienen y cómo salir.
Abriste tu SAS, ya tenés CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) y un cliente te pide Factura A. La emitís, pero no sale “limpia”: lleva una leyenda que cambia cómo te pagan.
Le pasa a toda sociedad nueva que todavía no acreditó solvencia ante ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, la ex AFIP). Conviene entenderlo antes de mandar la primera factura y, si se puede, antes de abrir la sociedad.
De dónde sale la leyenda
Hasta noviembre de 2025, a quien ARCA no le habilitaba la Factura A común le tocaba la Factura M. La RG 5762/2025 eliminó la M desde el 1 de diciembre de 2025 y la reemplazó por una Factura A con leyenda.
Hoy, un responsable inscripto en IVA emite Factura A de una de estas tres maneras:
| Factura | Quién la emite | Cómo te paga tu cliente | Qué te retiene por la leyenda |
|---|---|---|---|
| A común | Quien acreditó solvencia, no tiene inconsistencias fiscales activas y no se dio de baja en IVA en los últimos 12 meses | Como acuerden | Nada |
| A con “Pago en CBU informada” | Quien todavía no cumple esos requisitos | Por transferencia a la cuenta bancaria que declaraste | Nada |
| A con “Operación sujeta a retención” | Quien todavía no cumple esos requisitos | Como acuerden | El 100% del IVA y el 6% de Ganancias |
Una sociedad recién inscripta no tiene todavía cómo acreditar solvencia, así que arranca con alguna de las dos leyendas. La pregunta práctica es cuál.
“Pago en CBU informada”: la que no te retiene
Es la modalidad intermedia. Tu cliente no te retiene nada por la leyenda, pero tiene que pagarte por transferencia a la cuenta bancaria que tu sociedad declaró. La CBU (Clave Bancaria Uniforme) es el número que identifica esa cuenta.
El problema es el orden de los pasos. Para usar esta leyenda necesitás la cuenta, y abrir la cuenta de una sociedad nueva tarda de 1 a 5 días hábiles en una fintech y de 7 a 30 en un banco tradicional. Mientras no la tengas, la Factura A que te queda es la sujeta a retención.
Por eso conviene pedir la cuenta apenas tenés el CUIT, y no cuando aparece el primer cliente. Antes de elegir dónde abrirla, confirmá con tu contador que esa cuenta te sirve para declararla.
“Operación sujeta a retención”: la que te retiene
Con esta leyenda tu cliente te paga, pero antes te retiene el 100% del IVA de la factura y el 6% de Ganancias. Es el mismo tratamiento que tenía la Factura M.
Para vos, es un golpe de caja. De cada factura cobrás bastante menos de lo que facturaste: el IVA, que con una Factura A común entraría a tu cuenta junto con el resto, no llega. Qué hacés después con lo retenido lo resuelve tu contador en tus declaraciones juradas.
Para tu cliente también hay trabajo, porque es él quien tiene que aplicar la retención. Hablalo antes de mandarle la factura, no después.
Cómo salir de la leyenda
La leyenda no es una sanción. Es lo que emite quien todavía no cumple los requisitos de la Factura A común: acreditar solvencia patrimonial, no tener inconsistencias fiscales activas y no haberse dado de baja en IVA en los últimos 12 meses.
Tampoco es una foto fija. ARCA evalúa a los responsables inscriptos cada cuatro meses, y esa evaluación puede restringir la Factura A común. Es decir, no alcanza con conseguirla una vez: se revisa.
Cómo acreditar solvencia en tu caso, con qué bienes o con qué números, es una pregunta para tu contador. Lo que sí está en tus manos desde el primer día:
- Tener la cuenta bancaria abierta y declarada, para facturar con CBU informada.
- Llevar tus declaraciones al día, para no sumar inconsistencias fiscales.
- Avisarle a cada cliente qué leyenda va a ver en tu factura y por qué.
Los otros detalles de la primera factura
Para emitir cualquier factura electrónica necesitás un punto de venta dado de alta en ARCA. Desde el 1 de julio de 2026, con la RG 5866/2026, lo tenés que informar al menos tres días hábiles antes de facturar. Si lo pedís el mismo día en que tu cliente te pide la factura, llegás tarde.
Si le facturás a un cliente del exterior, no usás Factura A sino Factura E, que es otro tema.
El recorrido completo, desde que la IGJ (Inspección General de Justicia) inscribe la sociedad hasta la primera factura, está en Después de la IGJ. Y si todavía estás decidiendo si abrir una sociedad, mirá SAS o monotributo.
En Suaply abrimos tu SAS y te acompañamos hasta esa primera Factura A: habilitamos el punto de venta con tiempo, armamos el legajo del banco en paralelo y la emitís con la leyenda que corresponde. Mirá qué incluye.
Fuentes
- Tributum: Factura A con leyendas y fin de la Factura M (RG ARCA 5762/2025)
- Contadores en Red: nuevas reglas para emitir Factura A (RG 5762/2025)
- BCRA: reglamentación de la cuenta corriente bancaria
Información general, no asesoramiento legal ni contable. Para tu caso, consultalo con tu contador.